Se pone en general conocimiento que en cumplimiento de lo acordado en el Artículo 25 del Convenio Colectivo de la Empresa, referente a la “AYUDA DE ESTUDIOS” del presente año y con vistas a determinar la cantidad que por este concepto le pueda corresponder a cada trabajador, el Departamento Social va a iniciar los trabajos de recepción y clasificación de las solicitudes.
A tal fin, en la nómina del presente mes, se adjuntará un impreso para ser rellenado debidamente.
Documentación que se deberá entregar al Dpto. de Personal:
Impreso debidamente cumplimentado.
Fotocopia del Libro de Familia o documento acreditativo en su defecto.
Los impresos se recibirán hasta el día 04.11.2019, inclusive, no aceptándose los que lleguen fuera de esa fecha.
Documentación que se deberá entregar al Dpto. de Personal:
Impreso debidamente cumplimentado.
Fotocopia del Libro de Familia o documento acreditativo en su defecto.
Los impresos se recibirán hasta el día 04.11.2019, inclusive, no aceptándose los que lleguen fuera de esa fecha.
Tendrán derecho a esta “AYUDA DE ESTUDIOS” todos aquellos hijos de trabajadores en activo, de que estén afectados por la totalidad del convenio como marca el artículo 1.2 de dicho convenio y cuyas edades estén comprendidas entre los 3 y los 16 años. (Sin certificado de estudios, los nacidos entre los años 2003 y 2016, ambos inclusive).
También se podrán relacionar los hijos con edades de 17 y 18 años, (previa acreditación de estar matriculados) siempre que los 18 años los cumplan en el año en curso, con el fin de ver la posibilidad de darles la “AYUDA DE ESTUDIOS”.
Esta ayuda de estudios se hará extensiva a todo el personal, excepto Directores de Área, Jefes de Departamento y Delegados en las condiciones acordadas en el acta firmado por todas las partes del 10 de febrero del 2015.