El sector de la elevación, obligado a considerar tiempo de trabajo el desplazamiento del domicilio al cliente

El sector de la elevación, obligado a considerar tiempo de trabajo el desplazamiento del domicilio al cliente

14/09/2020. CCOO de Industria

Fuentes de: CCOO de Industria pone en marcha la campaña #EsTuTiempo. Exige a las empresas que instalan, reparan y mantienen ascensores y escaleras mecánicas que apliquen la reciente sentencia del Supremo.

 

El comienzo de la jornada laboral se computa desde que la persona trabajadora arranca el vehículo de la empresa para dirigirse al primer cliente que debe atender y, termina, cuando regresa. Da igual si el coche se aparca en la sede o junto a su domicilio. Así lo apuntaba una reciente sentencia del Tribunal Supremo, que reitera la doctrina de la justicia europea y entiende que estos desplazamientos se consideran tiempo de trabajo. CCOO de Industria se ha propuesto extender este derecho, que se reconoció a una decena de trabajadores de ThyssenKrupp Elevadores, al resto del sector.

 

En el sector de la elevación es muy habitual que los trabajadores y las trabajadoras que mantienen, instalan y reparan ascensores se desplacen con el vehículo de la empresa, y con los materiales y herramientas, desde sus domicilios hasta el lugar donde deben realizar la tarea que les han encomendado. Lamentablemente, ese tiempo no suele computarse como jornada laboral. Tampoco el que dedican a regresar a sus casas desde el último cliente. La situación debe cambiar después de lo que ocurrió el 7 de julio.

 

Ese día, el Tribunal Supremo emitió una sentencia que ratificaba, a través de un recurso de casación de ThyssenKrupp Elevadores, el dictamen del Tribunal de Justicia Europeo, que hace cinco años consideró tiempo de trabajo las horas, o los minutos, que la plantilla empleaba para llegar al lugar donde se desempeñaba su trabajo, si carecía de centro de trabajo fijo o habitual.

 

CCOO de Industria valoró a finales de julio la sentencia del Supremo por entender que asentaba en España la famosa sentencia sobre desplazamiento y tiempo de trabajo de la justicia europea. Animó a las personas que trabajan en el sector de la elevación a hacer valer su derecho. Les recordó que, en el caso de que sus empresas se negasen a reconocer ese tiempo como de trabajo efectivo, debían ponerse en contacto con el sindicato y con sus servicios jurídicos para resolver la situación.

 

Llegado septiembre, el sindicato se ha propuesto dar los pasos necesarios para que este derecho se cumpla y se extienda al conjunto del sector de la elevación. El 3 y el 8 de septiembre se reunió con un grupo de delegados y delegadas de las empresas que reparan, mantienen e instalan ascensores y escaleras mecánicas para diseñar la estrategia a seguir. Acordaron solicitar una reunión con las patronales del sector para exigir que todas consideren jornada laboral el tiempo que el trabajador o la trabadora dedica para ir desde su domicilio, y con el coche de la empresa, hasta el lugar donde debe realizar su tarea y viceversa. Ya han recibido la petición de CCOO. Esta semana, el sindicato completará la campaña en las redes sociales con el hashtag #EsTuTiempo.

 

¿Quieres estar al día de lo que ocurre en CCOO de Industria?

 

Suscríbete a nuestro canal de noticias en Telegram: https://t.me/BDIndustria.